Oímos hablar de formación subvencionada, bonificada, continua, cursos gratuitos, y sabemos que son recursos que tenemos disponibles, pero, ¿conocemos realmente lo que son? ¿Sabemos si podemos o no, o cómo podemos acceder a ellos?
A continuación presentamos las principales diferencias entre lo que llamamos Formación Bonificada y Formación Subvencionada.
Formación bonificada:
1. No se trata de formación subvencionada ni gratuita, sino financiada. La empresa debe cofinanciar una parte de esa formación (asume parte de la financiación de la formación de sus trabajadores) en función de su tamaño.
2. Ni los desempleados, ni los autónomos o trabajadores de Administraciones Públicas, en general, pueden acceder, aunque existe alguna excepción en este último caso.
3. El trabajador debe solicitar el curso que quiere hacer a su empresa.
4. Quien decide las actividades que los trabajadores pueden realizar, es la propia empresa.
5. Se establecen ciertos requisitos a cumplir por parte del trabajador y por parte de la empresa.
6. La formación la gestiona la propia empresa, y puede seguir uno de los siguientes tres modelos de gestión (RD-Ley 4/2015):
- Modelo 1: la propia empresa organiza la formación consigo misma.
- Modelo 2: la empresa contrata a una empresa externa para impartir y organizar la formación.
- Modelo 3: la empresa contrata a una empresa externa pero ésta solamente organizadora la formación.
7. Las formaciones pueden ser en modalidad presencial u online (Teleformación). Desde el 1 de enero de 1016 no se puede bonificar formación a distancia.
Formación subvencionada:
1. La financiación de estos cursos es pública en su totalidad.
2. Pueden acceder a ella tanto trabajadores por cuenta ajena, como autónomos y desempleados.
3. El curso a elegir lo elige la propia persona interesada, consultando el catálogo disponible.
4. En caso de tratarse de una persona trabajadora (ocupada), no es necesario que informe a la empresa. La comunicación será con la entidad o empresa correspondiente que se encargue de la gestión de ese curso: Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), empresa privada, etc.
5. Normalmente los cursos están sujetos a requisitos de acceso. Estos requisitos vienen impuestos por las entidades que financian estos cursos (SEPE, Fundación Tripartita o entidades autonómicas). Las empresas que gestionan esta formación no imponen ninguno de estos requisitos.
6. Puede impartirse tanto en modalidad: presencial, como en teleformación (online) y a distancia.