DERECHO DEL TRABAJADOR:

20 HORAS ANUALES DE FORMACIÓN

En la reforma laboral de 2012 se estableció el derecho del trabajador que lleve al menos un año en la empresa, a disfrutar de 20 horas anuales de formación vinculada al puesto de trabajo Y acumulables por un periodo de hasta cinco años.

 

La concreción del disfrute del permiso se fijará de mutuo acuerdo entre trabajador y empresario.

 

Este derecho se entenderá cumplido, en todo caso, cuando el trabajador pueda realizar las acciones formativas dirigidas a la obtención de la formación profesional para el empleo en el marco de un plan de formación desarrollado por iniciativa empresarial o comprometido por la negociación colectiva.

 

En la Formación para empresas, cuando así se concrete en convenio colectivo o mediante mutuo acuerdo entre trabajador y empresario, podrán gestionarse para dar cumplimiento al derecho del trabajador al permiso retribuido de 20 horas anuales de formación profesional. En este caso, el coste de la actividad formativa vinculada al citado permiso podrá financiarse con el crédito de formación asignado a la empresa.

 

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